FUNDAMENTACIÓN

El Estatuto de Autonomía de Extremadura determinó en su artículo 6.2., como cuestión prioritaria: potenciar las peculiaridades del pueblo extremeño y el afianzamiento de la identidad extremeña a través de la investigación, difusión, conocimiento y desarrollo de los valores históricos y culturales del pueblo extremeño en toda su variedad y riqueza.

La ley 2/1999 de 29 de marzo de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura (D.O.E. 22 de mayo) en su artículo 1 señala: La protección, conservación, engrandecimiento, difusión y estímulo del patrimonio histórico y cultural de Extremadura, así como su investigación y transmisión a las generaciones venideras con el fin de preservar la tradición histórica de la comunidad y su pasado cultural, servir de incentivo a la creatividad y situar a los ciudadanos de Extremadura antes sus raíces culturales y en el Título 1, se ratifica: ...las artes y tradiciones populares, los usos y costumbres de transmisión consuetudinaria en canciones, música, tradición oral, ...de manera que puedan ser transmitidos en toda su pureza y riqueza visual a las generaciones futuras...promoviendo para ello su investigación y la recogida exhaustiva de los mismos en soportes que garanticen su transmisión a las generaciones venideras.

En base a esta ley, este seminario se fundamenta en el análisis de la situación actual de la investigación y la puesta en común sobre la metodología a emplear en las investigaciones.

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